La guía EBA/2021/02 sobre diligencia debida del cliente ha cambiado. Teniendo esto en cuenta, ¿qué factores deberían tener en cuenta las entidades financieras y de crédito al evaluar el riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo asociado a las relaciones comerciales individuales y transacciones ocasionales en virtud de los artículos 17 y 18, apartado 4, de la Directiva (UE) 2015/849?
Según la Comisión Europea y la Autoridad Bancaria Europea (EBA), la reducción del riesgo tiene un impacto negativo en una amplia gama de clientes y clientes potenciales de las instituciones. En particular, las organizaciones sin fines de lucro (ONL) se han visto particularmente afectadas.
Para algunas instituciones financieras (IF), reducir los riesgos de categorías enteras de clientes sin tener debidamente en cuenta los perfiles de riesgo de cada cliente es una señal de una gestión ineficaz del riesgo de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. Esto se debe a la falta de un enfoque analítico centrado en una evaluación adecuada del riesgo de sus clientes, respaldado por una plataforma de TI subyacente débil u obsoleta.
Además, el reciente estallido de guerras en Ucrania y otras partes del mundo ha tenido un gran impacto en el proceso de reducción de riesgos en el contexto de la asistencia humanitaria. Desafortunadamente, en muchas situaciones, el proceso de reducción de riesgos no ha sido bien diseñado para reflejar un enfoque basado en el riesgo, que las regulaciones europeas imponen cada vez más en todo tipo de segmentos de clientes.
Para evitar un impacto negativo no deseado, se necesita un enfoque analítico más granular y bien configurado para el beneficio de todas las partes involucradas. Esto dará como resultado una reducción de riesgos menos injustificada o infundada, lo que es muy perjudicial para las OSFL que luchan por aliviar el sufrimiento humano.
Una vez que se ha implementado una plataforma de software bien diseñada y probada, no debería haber restricciones en el procesamiento de la información requerida destacada por la EBA a pedido de la Comisión Europea. Esta información se incorporará a una serie de factores de riesgo ponderados, todos combinados para generar una puntuación de riesgo general del cliente fiable y crear un perfil de cliente. Este perfil luego estará sujeto a una mayor observación durante el ciclo de vida del cliente.
Algunos de los factores de riesgo, tal y como los describe la EBA, que no deben ser ignorados son:
- ¿Quién controla al cliente y quiénes son sus beneficiarios reales?
- ¿Cómo se financia la OSFL (donaciones privadas, fondos gubernamentales, etc.)?
- ¿Cuáles son los objetivos de las operaciones del cliente?
- ¿Qué categorías de beneficiarios se benefician de las actividades del cliente (esto puede calificarse según el riesgo)?
- ¿Qué tipo de transacciones es probable que solicite la NPO (la frecuencia esperada, el tamaño y el destino geográfico de estas transacciones deben estar sujetos a la revisión de la IF)?
- Dónde lleva a cabo la OSFL sus programas y/u operaciones, particularmente si la OSFL lleva a cabo sus actividades solo a nivel nacional, o en otras jurisdicciones asociadas con mayores riesgos de LD/FT y en países terceros de alto riesgo. En este contexto, y de nuevo, ¿se puede cuantificar este riesgo?
Gobernanza y ejercicio del control
- ¿Tiene la NPO un estatus legal bajo la ley nacional o la ley nacional de otro Estado miembro?
Reputación/resultados adversos en los medios
- ¿La NPO fue creada recientemente?
- ¿La NPO ha sido vinculada por fuentes relevantes, confiables e independientes al extremismo, la propaganda extremista o las simpatías y actividades terroristas?
- ¿La OSFL ha estado involucrada en irregularidades o actividades delictivas?
Métodos de financiación
- ¿Los métodos de financiación de la NPO implican riesgos de LD/FT y se basan en su totalidad o en gran medida en donaciones en efectivo, criptoactivos o crowdfunding, o las fuentes de financiación de la NPO se enrutan a través del sistema de pago?
- ¿La OSFL está financiada en parte o en gran parte por donantes privados o donantes de jurisdicciones asociadas con mayores riesgos de LD/FT o de terceros países de alto riesgo?
- ¿La OSFL opera o brinda asistencia en jurisdicciones asociadas con mayores riesgos de LD/FT?
- ¿Es probable que la relación comercial con la OSFL implique la ejecución de transacciones con la institución cliente ubicada en jurisdicciones de alto riesgo?
- ¿La OSFL recibe financiamiento de gobiernos, organizaciones supranacionales o internacionales que no están asociadas con terceros países de alto riesgo o jurisdicciones con mayores riesgos de LD/FT?
Estos factores cruciales deben estar bajo la atenta mirada de la IF para identificar cualquier desviación de la declaración original.
En conclusión, todos los factores anteriores llevan a la conclusión de que no existe un input válido que no pueda alimentar una matriz de riesgo suficientemente confiable. Esto permite realizar pruebas de estrés de un enfoque sólido basado en el riesgo, haciéndolo viable bajo una condición, es decir, siempre y cuando el marco tecnológico subyacente y la arquitectura analítica de una plataforma probada permitan la implementación de dicho enfoque basado en el riesgo.